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PREGUNTAS FRECUENTES

Hemos hecho una recopilación de las dudas que más se repiten entre nuestros clientes cuando acuden a nosotros para cancelar sus deudas. Es normal que a la hora de querer  acogerse al proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad surjan cuestiones sobre su funcionamiento y sobre los beneficios que puedo obtener como particular o autónomo.

Te lo explicamos con todo detalle a continuación:

1.- ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

 La ley de segunda oportunidad fue publicada en el año 2015 con el objetivo de dar realmente como su propio nombre indica una segunda oportunidad aquellas personas que se encuentren en situación de insolvencia.

2.- ¿Qué beneficios tiene esta ley?

 Principalmente la cancelación de la deuda

3.- ¿Qué requisitos son necesarios?

 Principalmente los requisitos son, ser deudor de buena fe y encontramos en situación de insolvencia actual o prever una insolvencia inminente.

4.- ¿Me cancelan todo tipo de deudas?

 Sí , salvo aquellas consideradas como de derecho público a las cuales se refieren los créditos de hacienda y seguridad social.

5.- Debo a Hacienda o la Seguridad Social, ¿no puedo acogerme a este procedimiento?

Las deudas derivas de hacienda y Seguridad social, solo podrán exonerarse hasta el límite máximo de 10.000 euros. Con lo que exceda de esta cantidad, estos organismos públicos tienes la obligación de fraccionarlo.

6.- ¿Se debe seguir pagando las deudas durante?

Una vez iniciado el procedimiento tenemos que acreditar la insolvencia, es por ello que no se debe continuar abonando los créditos por dos razones muy simples. La primera porque si podemos hacer frente al pago ordinario de nuestros créditos, no estamos ante una situación de insolvencia y la segunda porque no tiene sentida continuar pagando algo que nos vamos a exonerar.

 

Cancelar deudas Segunda Oportunidad

8.- Y respecto a los intereses, ¿siguen aumentando durante el proceso?

No, quedan totalmente paralizados con el inicio del procedimiento hasta su conclusión.

9.- Las deudas canceladas, ¿se eliminan para siempre?

 Si, una vez obtenemos la exoneración, la deuda se cancela por completo, sacándonos de todo tipo de fichero de morosidad.

10.- ¿Es conveniente acogerse a La Ley de Segunda Oportunidad siempre que se tienen deudas?

 No, cada caso es un mundo, nuestra recomendación sería hablar con un profesional en la materia para que nos asesore sobre la viabilidad y rentabilidad de llevar a cabo un procedimiento como estos.

 14.- ¿Cuánto dura el procedimiento?

 La ley prevé un plazo máximo de un año, salvo aquellos supuestos que revistan especial complejidad.

15.- ¿Liquidan toda clase bienes

No, podemos optar por la modalidad del plan de pagos para salvaguardar el patrimonio del deudor.

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