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Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19

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Por Paola Respaldiza Álvarez, abogada especializada en Derecho Concursal. 

El pasado 12 de marzo tuvo lugar la publicación del conjunto de ayudas estatales dirigidas a empresas y autónomos que han sufrido una significante bajada en sus ingresos por las medidas impuestas derivadas de la declaración del estado de alarma por la COVID-19.

Por una parte, el despliegue de ayudas va primordialmente dirigido a preservar la liquidez y la solvencia de empresas y autónomos, promocionando unas líneas de avales concedidas por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para apoyar la reactivación económica y el empleo.

Anteriormente, estas medidas de apoyo a la liquidez se compaginaban con la creación del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, dotado con 10.000 millones de euros y que fueron gestionados a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

En la misma línea, en materia de tributaria, se ampliaban los periodos de carencia y vencimiento de los préstamos con aval público.

Sin embargo, a pesar de las medidas económicas referidas, el alargamiento temporal de la presente situación de emergencia sanitaria provoca un deterioro considerable en los balances de las empresas y un aumento del sobreendeudamiento que podría ralentizar la recuperación y creación de empleo a partir de la segunda parte del año.

            Es por ello que, en este contexto, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, otorga un marco de protección preservando el tejido productivo y el empleo, impulsando la inversión y  evitando la pérdida del valor de la actividad económica en España, articulando este conjunto de medidas para movilizar una inversión pública de hasta 11.000 millones de euros en torno a cuatro líneas de actuación: tres fondos adicionales para la financiación de ayudas de forma directa, reestructuración de balances y recapitalización de empresas y la prórroga de moratorias fiscales y concursales. Las medidas publicadas se distribuyen de la siguiente forma:

  • Nueva línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas, dotada con 7.000 millones de euros.
  • Líneas adicionales de flexibilización de préstamos dotados con aval público, dotada con 3.000 millones de euros, con el fin de poder refinanciación y reestructurar las operaciones de financiación con aval del sector público y adaptarlas a las necesidades de las empresas y sectores.
  • Para aquellas empresas viables que sufren problemas de solvencia derivados de la COVID-19 que no pueden acceder al fondo gestionado por el SEPI y que necesiten un refuerzo en su capital, se crea un nuevo Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, dotado con 1.000 millones de euros, que será gestionado por el COFIDES, adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaria de Estado de Comercio.
  • Se extienden hasta finales de año las moratorias para el desencadenamiento automático de procesos concursales, con el fin de ganar tiempo y poder reestablecer el equilibrio patrimonial de las empresas, evitando una innecesaria entrada en el concurso. Además, se mantienen las medidas de agilidad instauradas en el proceso concursal.

Fuente BOE

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